Control social
17 de diciembre de 2024 2026-07-30 11:53Control social
El control social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados de acuerdo con lo establecido en la regulación aplicable y correcta utilización de los recursos y bienes públicos. El concepto ampliado lo brindan los artículos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015.
Se entiende por veeduría ciudadana el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias ejercer vigilancia sobre la gestión pública, a las autoridades administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país y que estén encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público. Para conocer más información sobre el funcionamiento de las veedurías, ver la Ley 850 de 2003. (función pública – mayo 2021)
La Ley 1437 de 2011 en su artículo 13 modificado por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 establece que “ Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades, en los términos señalados en este código, por motivos de interés general o particular, y a obtener pronta resolución completa y de fondo sobre la misma.“
- 6.7.1 Informar las modalidades de control social
- 6.7.2 Convocar cuando inicie ejecución de programa, proyecto o contratos
- 6.7.3 Resumen del tema objeto de vigilancia
- 6.7.4 Informes del interventor o el supervisor
- 6.7.5 Facilitar herramienta de evaluación de las actividades
- 6.7.6 Publicar el registro de las observaciones de las veedurías
- 6.7.7 Acciones de mejora